martes, 2 de junio de 2009

EL CONGRESILLO APROBO EL CODIGO DE LA NIÑES Y ADOLECENCIA

Aprueban reforma al Código de Niñez
Cambios a pensiones por alimentosEl Pleno del congresillo, con 64 votos a favor de 65 presentes, aprobó ayer las reformas al Código de la Niñez y Adolescencia. En los juicios de alimentos que a la vigencia de la ley aprobada se encuentren en trámite y en los que no se haya fijado una pensión provisional de alimentos, se establece como tal la pensión básica determinada en la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas.En caso de que el padre o madre incumplan con el pago de dos o más pensiones alimenticias, el juez, a petición del o la interesada y previa una certificación financiera, fijará la cantidad que debe pagarse y sin notificación previa dispondrá el arresto hasta por 30 días y la prohibición de salida del país, si no cumplen la disposición. En caso de reincidencia, la medida se extenderá por 60 días y hasta por un máximo de 180 días, de considerarlo necesario.En caso de que el padre no cumpla con sus obligaciones, será la familia la que responda y en su orden serían: abuelos, hermanos que hayan cumplido 18 años y tíos; de manera simultánea y con fundamento en sus ingresos, se regulará la proporción en la que dichos parientes proveerán la pensión alimenticia al menor, hasta completar el monto total de la pensión fijada o asumirla en su totalidad, según el caso.Otro de los cambios establecidos es la posibilidad de que la pensión sea reclamada por un hijo hasta los 24 años de edad, siempre y cuando este justifique adecuadamente que sus estudios no le permiten laborar.

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